La represión inquisitorial sobre los moriscos de Gea de Albarracín

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Por el contrario, Gea de Albarracín era un espacio que quedaba fuera del ámbito de aplicación de los fueros de Teruel o Albarracín; era un territorio de señorío nobiliario donde se aplicaban sin duda alguna los fueros aragoneses. Gea supuso un refugio para el islam en la zona. Como hemos dicho, aquellas personas de Teruel y Albarracín que no quisieron renunciar a su fe pese a que lo aconsejasen las circunstancias materiales encontraron refugio en Gea. Utrillas ofrece una relación de estos individuos y sus bienes para Teruel, y en ella encontramos algunos de los apellidos más ilustres de la villa de Gea (que ya existían con anterioridad en el lugar) durante el siglo XVI, como Belvís o de Vera.24 En Gea también se les dio cobijo ante las presiones de la Inquisición, que buscaba perseguir a estos fugitivos o al menos sus bienes. Berges nos ofrece la noticia de la intervención de Gil Pérez de Toyuela, lugarteniente de la Inquisición, rector del Villar, pues había recibido noticia de que moros de Gea habían herido de dos lanzadas a Juan de Carrasco, lugarteniente del alguacil, y a su acompañante, Juan Martínez, que había ido a Cella a apresar al Bollo, moro fugitivo, esclavo del rey. Por ello el lugarteniente ordenó al alcaide de Gea, Juan de Espejo, que le entregase al fugitivo. Aunque manifestó la voluntad de colaborar con la Inquisición, Espejo se situó al margen del conflicto, lo que puede indicar que los moros de señorío en Gea tenían ya la protección más activa o más pasiva de su señor que caracterizará las etapas posteriores.25
En todo caso, el momento de la conversión de Gea de Albarracín se sitúa en 1526. Existe un relato de un caballero turolense de la época, Juan Gaspar Sánchez Muñoz, quien, en su diario, dedica unas breves líneas a la conversión de los geanos:
216. Item en el anyo de 1526 el emperador don Carlos hizo mandamiento que todos los moros de Aragón y Valencia se hiziesen cristianos, y si no que se fuesen por mar con sendas canyas en las manos, por el puerto de la Corunya en Galicia los de Aragón, y los de Valencia por el puerto de Fuenterrabia en Vizcaya, y asi en el anyo de 1526 se hizieron todos cristianos y sus mezquitas yglesias, y en el mes de abril de dicho anyo vino don Juan Fernandez de Heredia, hijo mayor del segundo conde de Fuentes, y hizo hazer todos los moros de Xea, de Albarrazin, cristianos.26
Por nuestra parte podemos aportar una serie de documentos e informes que la Inquisición encargó a finales de 1565 acerca del momento en que fueron convertidos y el nivel de instrucción dado a los habitantes de esta villa, con el fin de dilucidar si a Gea le correspondía incorporarse a las concordias dadas a los aragoneses o bien procedía asimilarla con las condiciones que se negociaban con los valencianos. Los ya moriscos de Gea solicitaron ser incorporados a las condiciones de los moriscos del Reino de Valencia, dado que se habían convertido al mismo tiempo y, de la misma forma, habían carecido de instrucción religiosa desde entonces. Más adelante, explicaremos el contexto de estas cuestiones y cuáles fueron sus importantes repercusiones, pero de momento aquí esbozaremos brevemente el resultado de la encuesta inquisitorial organizada para esta cuestión.27 Se tomaron al menos nueve testimonios entre Valencia y Albarracín con dos características en común, todos eran cristiano-viejos y, con solo un par de excepciones, todos tenían entre 60 y 70 años. (Más tarde, el conde protestaría por no haber incluido los testimonios propuestos por la villa). Puede apreciarse un formulario muy claro con cuatro cuestiones: cuándo fueron bautizados los moriscos de Gea y si lo fueron cuando los del Reino de Valencia; si desde entonces habían sido castigados por la Inquisición; si habían recibido instrucción en la fe y doctrina cristiana, y, finalmente, si sabían hablar la lengua aragonesa o alguna otra lengua. Las respuestas son diversas y no siempre precisas, pero pueden resumirse en que los moriscos de Gea fueron convertidos entre 1524 y 1527, a la sazón que los del Reino de Valencia; que sí habían sido castigados por la Inquisición de Valencia en estos años; que en general domina la idea de que han tenido siempre vicario en la villa y han recibido algunas visitas pastorales, pero sí que difieren ligeramente en la calidad de la instrucción cristiana recibida. Finalmente, todos coinciden en que conocen perfectamente el castellano y son más entendidos que los valencianos.
La producción escrita de un grupo humano siempre es una importante herramienta para adentrarse en su mentalidad colectiva y en su realidad cotidiana. En el caso que nos ocupa, este elemento cobra especial importancia dado que, frente a una inmensa mayoría de documentación cristiano vieja, los documentos aljamiados son casi la única documentación escrita directamente por los moriscos de Gea. La literatura aljamiada es aquella escritura que realizaron los moriscos en lengua romance, pero con grafía árabe. Sin embargo, sin pertenecer estrictamente a ella, también debemos incluir sus escritos en grafía latina, puesto que comparten sus características internas, peculiaridades lingüísticas, objetivos y autoría. Incluso también hay que tener en cuenta los escritos en lengua árabe, especialmente procedentes del Corán, puesto que pertenecían a los mismos contextos, las mismas bibliotecas e incluso a los mismos volúmenes. El marco temporal, en principio marcado por las conversiones (1505/1526) y la expulsión (1609/1610), debe extenderse a sus precedentes mudéjares del siglo XIV y a sus epílogos en el exilio mientras aún conservaron el castellano. Lógicamente, las diferencias cronológicas marcarán una gran diversidad, pero conservaron una serie de rasgos definitorios que permiten considerarlos como un conjunto. Otro rasgo definitorio es el hibridismo; el hecho de escribir una lengua con los grafemas de otra es muestra de un alto grado de asimilación de la minoría en cuanto a la lengua, pero a la vez es síntoma de la clara voluntad de mantener una cultura tradicional y una religión en el seno de otra sociedad dominante. Pero sus rasgos híbridos van más allá de la grafía y también se observan en calcos sintácticos y semánticos o en el uso de ciertas métricas. Otro rasgo característico de la literatura aljamiada es ser fundamentalmente aragonesa, pues la mayor parte de los manuscritos proceden de Aragón o de zonas cercanas y, además, están llenos de aragonesismos.28 Las temáticas más habituales de los manuscritos aljamiados abarcaban desde textos coránicos y jurídicos, hasta hadices y polémicas, pasando incluso por magia o recetas médicas e higiénicas.29
El corpus de escritos aljamiados y árabes de Gea de Albarracín está formado por dos libros manuscritos completos escritos por autores de Gea (uno de ellos en caracteres latinos y otro propiamente aljamiado), diversos escritos conservados en tres de los procesos inquisitoriales y, finalmente, un papel encontrado en una casa del lugar durante unas obras.
El manuscrito 5223 de la Biblioteca Nacional de Madrid es un tratado de doctrina islámica que fue estudiado y editado en la tesis de Serry Mohammad M. Abdel Latif, de donde procede la información que sintetizamos aquí.30 El acceso a este manuscrito en versión digital es especialmente fácil a través de la web de la Biblioteca Nacional.31 La última página del volumen (folio 255r) nos informa sobre su autor y situación:
Fue escribto el presente libro en la villa d’Exea por manos del menor siervo de Allah ta ala [ensalzado sea] i más necesitado i menesteroso de perdon i piedad de su señor Muhammad Cordilero, hijo de Abdu al-Aziz Cordilero; para Mustafar Waharán, hijo de Brahen Waharán, y para quien querra Allah despues del. Acabose con ayuda de Allah y con su gracia, alhamis [jueves] a siete de la luna de Jumad alzzani [sexto mes del calendario musulmán] del año de novecientos y ochenta y cinco del alhichra [emigración] del escogido y bienaventurado Mohamad sal·la A·lahu alayhi wa çal·lam [bendígale Dios y le salve], concordante con el vintidoseno de agosto del año de mil y quinientos y setenta y siete a conto de Iça alayhi ilççalam [Jesús, la paz sea con él]. ¡Señor Allah!, apiada y perdona al que ha escribto este libro y a quien lo ha hecho escrebir y a quien leirá en él y lo escuchará y obrará con lo que ay en él y a todos los muçlimes y muçlimas generalmente.
La cita nos localiza el momento de creación, 1577, en uno de los periodos álgidos de la conflictividad y la represión de los moriscos aragoneses, con todas las implicaciones que puede tener este hecho para la significación e importancia de este libro. El volumen se compone de 253 folios, aunque el índice indica que debía tener 322, lo que hace pensar que el resto se perdió. El catálogo de Saavedra lo describe como un «Magnífico códice encuadernado a la europea, escrito en hermosa letra y manchado al borde. Al principio y al fin tiene dos páginas preciosamente iluminadas, las de la cabeza con inscripciones cúficas».32 El tipo de escritura es la habitual entre los moriscos españoles, la llamada magrebí, del norte de África. Se trata de un manuscrito misceláneo de temática religiosa variada. Según F. Guillén Robles: «Comprende la explicación de muchas aleyas del Alcorán; muchas oraciones y tradiciones; las clases y ceremonias de las oraciones canónicas; un tratado de los meses musulmanes y otro de buenas doctrinas, costumbres y buenos consejos».33
Las características lingüísticas y estilísticas de esta obra concuerdan con las generales de la literatura aljamiado-morisca. Esto es debido a la difusión tradicional y anónima de esta literatura, que modificaba las obras en continuas variantes y frecuentes refundiciones en las que los autores no practicaban un estilo personal, sino anónimo y colectivo. En ese mismo sentido, puede valorarse el conocimiento del árabe que muestra esta obra como insuficiente. Se nota el carácter aprendido del árabe clásico en muchas vacilaciones en la vocalización de las palabras y en las numerosas faltas ortográficas y gramaticales. En cuanto a la autenticidad canónica del contenido religioso, este códice presenta distintos niveles. En algunos capítulos se muestra un enorme conocimiento de la religión islámica, y en otros se introducen fábulas y tradiciones no canónicas, fruto de las restricciones a las que eran sometidos y a su desconexión con el conjunto del islam.
El contenido de cada capítulo está reseñado en la primera guarda de la obra. En el tercer capítulo tenemos una versión de la plegaria mística «Los más hermosos nombres de Dios», de Ibn ‘Abbâd de Ronda, que fue estudiada en detalle por Xavier Casassas.34 Se trata de un du`a’ (plegaria de tipo deprecativo) que se caracteriza por la utilización del listado completo de los Más Hermosos Nombres de Dios, propio y característico de la tradición musulmana. A cada uno de los nombres de Dios le corresponde una invocación en la que el creyente pide un enriquecimiento de su fe y de su vida espiritual, es decir, un afianzamiento y progresión en la vía mística. Se trata, como decimos, de un du`a’ de carácter místico, pero que en ningún momento resulta incompatible con la ortodoxia sunní.
El apellido Cordilero aparece numerosas veces nombrado en los procesos y otros documentos de la Inquisición valenciana. Conocemos tres casos de moriscos con este apellido que fueron procesados. Luis Cordilero35 (1592) y Luisa Cordillera36 (1607) están registrados en las relaciones de causas, ambos por causas genéricas de islamismo. El primero, que encajaría cronológicamente con nuestro autor, fue procesado en ausencia y rebeldía y relajado en efigie. Sin embargo, en el breve texto de su relación de causa no aparece ninguna referencia a libros o escritura, ni se le señala como alfaquí. Del tercer morisco con este apellido, Gerónimo Cordilero37 (1569), tan solo sabemos que fue reconciliado gracias a los listados de sambenitos. El apellido del destinatario del manuscrito, Waharán, también aparece con frecuencia, aunque con modificaciones. Tenemos dos procesos documentados en las relaciones de causas, el de Leonor Guarana38 (1588) y el de Luis Gua Harán39 (1591), este último, acusado de haber dado una pedrada a uno de los enviados inquisitoriales durante la importante resistencia de los moriscos en 1589 a la detención de un vecino, como estudiaremos en su momento, pero de nuevo no hay ninguna referencia a la posesión de libros de ningún tipo.
El manuscrito Esp. 397 de la Biblioteca Nacional de Francia es una obra de materia religiosa compuesta en la primera década del siglo XVII por Mohanmad de Vera, morisco natural de Gea de Albarracín. Esta fuente ha sido estudiada y editada por Raquel Suárez García en su tesis doctoral, la cual intentaremos sintetizar brevemente.40 Las características que particularizan esta obra son su cronología tardía, su escritura en caracteres latinos y su composición a partir de otras obras aljamiadas conocidas. El volumen está formado por 245 folios con encuadernación del siglo XIX. El estado de conservación no es muy bueno, con diferentes manchas y agujeros que, aun así, no impiden la lectura. La copia es bastante cuidadosa, sin casi correcciones, en letra humanística típica y sin ornamentaciones. Conocemos el nombre del autor por el prólogo. En el folio 1v indica: «Me pidieron a mí, Mohanmad de Vera, natural de la villa de Xea de Albarraçín del reyno de Aragón, sacase a luz algunos de los capítulos que tratan lo que Dios adebdeció a su santo profeta Mohanmad».
Este personaje nos indica las razones que le llevaron a componer este tratado: «Y a pedimiento y súplica [de] algunos amigos de obligación, tubiendo buen zelo, me pidieron a mí…» (f. 1r-v). También se refiere al deficiente conocimiento de la cultura islámica que tenían sus vecinos debido al desconocimiento de la lengua árabe, así como de las propias grafías de esa lengua, que justificarían la redacción de la obra en caracteres latinos:
Conviene a saber, de su çiençia y buenos juicios de que oy careçen nuestros deçendientes, no por falta de fe, sino por aver perdido el lenguaje ára[be], por la grande oprisión y apretura que siempre ave[mos] tenido en vivir entre nuestros enemigos […] para que siempre que se les ofreçiere pidir o saber alguna cosa de los deudos o çuna, lo allen en lengua que lo entiendan para podello cumplir (f. 1r-v).
A este fragmento se refiere Louis Cardaillac como ejemplo de que, en la conciencia de los moriscos, conservar la lengua era equivalente a conservar su fe.41 De todas formas, aunque no lo manifieste, Mohanmad de Vera también debía desconocer el árabe, a juzgar por el grado de deformación de los vocablos y frases árabes que se incluyen en su compendio.
El texto ofrece un colofón en el que aparecía la fecha de composición, aunque lamentablemente un roto en el papel nos impide leer el año exacto, aunque estaría siempre entre 1600 y 1610. Por tanto, parece razonable que el autor estuviese entre los que fueron expulsados en 1610. No hay noticias de su paradero tras la salida de Aragón, aunque Míkel de Epalza considera que se exilió en «una ciudad magrebí aún no determinada», e incluso que el propio manuscrito pudo ser redactado allí. Sin embargo, Harvey, Cardaillac y Wiegers siempre han situado su redacción en Aragón poco antes de la expulsión. Así mismo, Raquel Suárez señala que hay diversos datos que inducen a suponer su composición en esta época previa al exilio: desde la inexistencia entre los textos del exilio de otros escritos continuadores del Breviario çunní, hasta el uso del calendario cristiano para fechar el texto, pasando por el tipo de filigrana que marca el papel. En todo caso, nada sabemos de la suerte que corrió el manuscrito de Mohanmad de Vera, si permaneció en España o presumiblemente fue llevado al exilio (por él o por otros), ni cómo llegó a la Biblioteca Nacional de Francia, salvo que entró en esta por donación de M. Pelerin en 1741.
Aunque la escritura morisca en castellano y grafía latina es normalmente utilizada en los exiliados en el norte de África, esto no es exclusivo de ese contexto y, en los años previos al destierro, aparecieron diversas obras con estas características, posiblemente fruto del desconocimiento de los caracteres árabes o de la presión de las medidas que prohibían su uso. Raquel Suárez sitúa el ms. 397 BNF en este contexto y lo pone en relación con otros textos peninsulares con los que comparte ciertas características: los manuscritos T-235 y T-232 de la Biblioteca Pública del Estado en Toledo y S-1 y S-3 de la Biblioteca de la Real Academia de la Historia. Todos comparten la redacción en caracteres latinos como traslados de originales aljamiados, tienen elementos formales comunes y el lugar en el que se compusieron se sitúa en Aragón, en la zona de Villafeliche, no lejos de Gea de Albarracín.
En cuanto al contenido, el compendio de Mohanmad de Vera está estructurado en 46 capítulos a base de la yuxtaposición de capítulos de otras obras aljamiado-moriscas. De Vera compila estos textos con el fin de elaborar un manual completo con el que adoctrinar a sus correligionarios en los aspectos fundamentales a los que todo musulmán debía atender y que, por su situación clandestina, tenían dificultades en conocer. Son los siguientes: una parte litúrgica sobre las prácticas islámicas (que toma del Breviario cunni), estímulos para el recto proceder en esta vida (Las encomiendas de Mohanmada Ali) y un amplio repertorio de tradiciones que sirviesen de modelo para ganarse la otra vida (que traslada del libro de Çamarqandī).
Si del autor del anterior libro, Cordilero, teníamos algún rastro en Gea de Albarracín, para el apellido De Vera las referencias se multiplican. Hemos referido ya que este apellido existía en el lugar desde el periodo mudéjar y que su presencia aumentó con la llegada de los habitantes de Albarracín que se refugiaron en Gea al negarse a la conversión en 1502. En 1563 tenemos noticia, gracias a los listados de sambenitos, de la reconciliación de tres moriscos de Gea con este apellido, dos llamados Miguel y la mujer de uno de ellos, Luisa.42 En 1581, otro Miguel de Vera aparece en las relaciones de causas como notario morisco implicado en la fuga de un importante prófugo de la Inquisición:
Morisco de Xea, notario. Fue preso por lo tocante a la fuga de Joan de Heredia, que aquella noche que se huyó çenó con él. E por aver sido notario y escrivano en la informaçión que el governador hizo quando le prendieron a favor del preso y contra los que sospechavan que heran testigos. Confesó aver hecho la informaçión por mandado del governador, negó aver sido sabedor de la fuga. Dos años de destierro de Xea y lugares de moriscos y çien ducados de pena.43
Las referencias a Miguel de Vera, bien como notario morisco o bien ostentando varios cargos municipales, aparecen en diversa documentación entre 1555 y 1589. Por nombrar solo algunos casos, en el proceso de Joan Layete, Catalina acusa a un tal Miguel de Vera, notario menor, de inducirle a lavarse para hacer la zalá.44 En 1565, en una petición del concejo de Gea, Miguel de Vera actúa como regidor de la villa y notario del documento, incluyendo un notable signo notarial.45 En 1580, en el proceso de María Rostrilla, aparece como alcalde de la villa amonestando a un morisco que espiaba para delatar a unos correligionarios.46 Si añadimos la fecha de composición del manuscrito, entre 1600 y 1610, las noticias relacionadas con este nombre se extienden a lo largo de 55 años, por lo que podrían señalar a un solo individuo o a varios, seguramente con lazos familiares. De hecho, en una petición del Concejo de Gea de 1555, Miguel de Vera aparece como justicia de la villa; sin embargo, en el mismo folio se cita a Miguel de Vera mayor en la lista de vecinos presentes en el Concejo, por lo que parece tratarse de dos personajes diferentes, quizá padre e hijo. En todo caso, aunque no podemos precisar que alguno de estos personajes sea el autor del manuscrito Esp. 397, sí parece claro que este pertenecería a una familia muy relevante, social y culturalmente, de Gea de Albarracín, y que, probablemente, si no fuese alguno de los citados, estaría emparentado con ellos.
Además de los manuscritos conservados íntegramente, tres procesos de fe han conservado fragmentos de libros o papeles sueltos escritos en aljamiado o en árabe. Se trata de los procesos de Joan Layete (1559-1563), Leonís Benalí (1597-1598) y Alejandro Otijas (1608-1609). Los pormenores de la incautación y el procesamiento en estos casos los trataremos debidamente más adelante para verlos dentro de su contexto; ahora presentaremos tan solo una descripción de su contenido.47
El proceso de Joan Layete es el más antiguo que conservamos para Gea. En él se incluyeron dos documentos con contenido propio de la religiosidad popular.48 El de mayor tamaño está en árabe y contiene unas oraciones conocidas como «los siete haykal» (o alhaicales). En esta plegaria se mezclan citas del Corán y ruegos a Dios, contra todas las manifestaciones del mal, tanto materiales como inmateriales. Esta plegaria gozó de gran difusión entre los moriscos, parece que debido a la creencia de que en ella está presente el Nombre Secreto de Dios, lo que le confiere una especial eficacia.49 El documento más pequeño, que podríamos calificar de herce, es un texto religioso también en árabe, con citas coránicas, en el que se solicita la protección de Dios contra toda clase de dolores y enfermedades. En una línea encontramos unas palabras mágicas y, en el vuelto, lleva dos estrellas con la profesión de fe islámica en una y una cita del Corán en la otra. Los herces, denominados frecuentemente «nóminas de moros», eran unos escritos que se portaban como talismán contra diferentes peligros. Sobre estos papeles hay que señalar que, como explicaremos al tratar el proceso de Joan Layete, pese a que se conservaron en el expediente de este morisco, la adscripción de estos escritos a Gea es dudosa, siendo también probable su ubicación en Albarracín.
En el proceso de Leonís Benalí vemos como, en 1597, saliendo de Valencia, le fue encontrado un herce entre las ropas, «un papel medio pliego […] scrito en algaravía de letra menuda por la una parte, con unos caractares a la fin de la plana y otros caracteres a la otra parte a modo de axadrés»,50 que intentó destruir si éxito antes de que se lo tomasen. Ana Labarta incluye este talismán en su estudio en torno a las supersticiones moriscas, donde explica que este herce contiene en su folio recto toda la azora I del Corán, es decir, la Fatiha, y sigue con diversas aleyas y azoras repetidas varias veces y entremezcladas con una fila de siete estrellas de seis puntas. En el vuelto del folio hay dos cuadros mágicos: uno de nueve casillas cuyas columnas suman quince y otro de veinte, al parecer sin valor numérico, en cuyas casillas van dos veces las letras Khy´s y hm´sq.51 El intérprete de la Inquisición, Jerónimo de Mur, declaró que:
Hera herçe de moros, donde se dize que Dios oró sobre Mahoma y sus compañeros, llamando a Mahoma nuestro señor profeta nuestro y rey nuestro. Y pone el alhaldu y principio del primer capítulo del Alcorán, llamado sorhat albacar, que quiere decir capítulo de la vaca, y niega la Santissima Trinidad, y dize que quien truxere este papel será librado de hierro y de todo mal.52
En efecto, una vez amenazado con el tormento, el propio Leonís Benalí confesará que «lo llevaba por defensa de cualquier arma de yerro y de cárçeles y de cualquiera trabajo que se le ofreciese».
Finalmente, el caso de Alejandro Otija es el más tardío y también el más interesante, dado que en el propio proceso se describen también diversos rituales adivinatorios y mágicos.53 Se trata de unos papeles especialmente curiosos. Uno de ellos es un texto traducido por los propios moriscos al castellano, donde fueron intercalando los signos mágicos y las palabras misteriosas incomprensibles que no podían traducir. También dejaron algunas páginas en árabe. En estos papeles aparecen distintas simbologías y fragmentos de El libro de los talismanes y sus reglas (Sello de Saturno, la Rogaría del ángel Rucayail, la Rogaría del ángel Kasfiyail…), tratado estudiado por Ana Labarta como parte integrante del Libro de dichos maravillosos (ms. J 22).54 Se trata de un tratado teórico destinado a mostrarnos la distribución del año en cuartos (que, a su vez, están divididos en tres meses, y los meses en días), y los ángeles, demonios y planetas que rigen cada uno de ellos. Estos conocimientos son indispensables para la efectividad de talismanes y filtros. Tal y como opinan Albert Toldrá y M.ª Dolores Saz, a diferencia de los otros dos casos de procesados, en el contenido religioso, mágico y astrológico de los textos de Otijas se percibe un nivel cultural elevado y basado en un conocimiento sacado de libros, no solo de supersticiones populares.55 Esto se verá reafirmado por la relación de la causa de su proceso, por la que sabemos que le fueron incautados abundantes libros, además de diversos instrumentos para adivinaciones.56





