Un nuevo municipio para una nueva monarquía.

- -
- 100%
- +
Si hacemos una breve recapitulación, podemos constatar algunas cuestiones relevantes sobre esta localidad que, habiéndose declarado austracista, como Xàtiva, fue castigada por ello, perdiendo el título de villa. Sin embargo, en cuanto a las personas que gobernaron antes y después de la guerra, se aprecia una evidente continuidad en la oligarquía local, entre la época foral y la borbónica, aunque el municipio cambiara su estructura de gobierno. La institución ya no es el Consell de jurats, sino el ayuntamiento de regidores. Éstos, que ya fueron jurados continuaron procediendo de los sectores claves de la economía de la villa. Luego, ¿hubo un austracismo monolítico? Transcurridos unos pocos años, el sentimiento austracista pareció haber muerto, observándose una adopción a la nueva realidad política e institucional aparentemente poco conflictiva. Esto nos confirma, aunque de forma más matizada, algo que también ocurrió en Xàtiva, que el austracismo no fue tan evidente. Hubo, igualmente, división y fractura social. Quizá fuera, en gran parte, una lectura bastante sesgada de los escritores del romanticismo decimonónico evocadores del pasado foral, muy mitificado por sus plumas.
Investigaciones actualmente en curso, como las de Pablo Fernández Albadalejo, están poniendo de manifiesto que aquéllos autores del siglo XVIII, catalogados como austracistas en relación a su posición respecto a la institución monárquica, muestran, en realidad, posturas que en general no pretendieron cuestionar la estructura, el nuevo marco institucional y político de los borbones.
4.2 La baronía de Canals: los conflictos internos entre las pequeñas oligarquías locales
Canals es una localidad distante de Xàtiva unos seis kilómetros. Como arriba se dijo, esta población, antigua alquería musulmana, fue otorgada, después de la conquista del rey Jaime I en el siglo XIII, al noble Bernat de Penyafort. Posteriormente el rey Pedro el Grande creó una baronía a favor de Joan Ximén de Urrea, que le fue posteriormente confiscada. El segundo barón fue Ramón de Riusech, a quien la ciudad de Xàtiva compró los derechos de la baronía por 95.000 sueldos, el 7 de febrero de 1352.[65] Ya el cronista Carlos Sarthou[66] decía: «Desde aquellos tiempos medioevales hasta fines del siglo XVIII, los pleitos de Xàtiva sobre señorío de jurisdicción han sido incesantes [...]. Puede decirse que Canals fue históricamente la pesadilla de Xàtiva [...]».
El antiguo cronista de Xàtiva no hacía más que recoger el testimonio de la abundante documentación existente en el Archivo Municipal sobre los continuos enfrentamientos y pleitos entre Canals y Xàtiva, quien ejercía el señorío sobre la misma. Creemos que esta pugna es un magnífico ejemplo de confrontación que nos hará ver hasta que punto llegaban los enfrentamientos entre las poblaciones integrantes del Corregimiento de San Felipe, que en progresión geométrica plantearon objeciones a su autoridad. Si bien es este un proceso que ya se inició en época foral, será en el siglo XVIII cuando alcance su máximo apogeo. Aunque San Felipe conseguirá frenar temporalmente esta tendencia, siendo el caso de Canals el exponente de su todavía presente autoridad, al no conseguir segregarse, los anteriores casos citados de segregaciones expresaban bien a las claras que el declive de la antigua segunda ciudad del reino era, en este punto, una realidad.
Como arriba dijimos, el caso de Canals, a diferencia de Castelló de la Ribera, nos mostrará varios aspectos de las relaciones entre esta localidad y Xàtiva. En primer lugar, cómo era el régimen municipal de una población de señorío y quienes monopolizaban los empleos públicos; en segundo lugar, las características peculiares del enfrentamiento entre Canals y San Felipe y su incidencia en la población del primer municipio, muy dividida respecto de sus sentimientos segregacionistas o de fidelidad a la antigua Xàtiva; y, en tercer lugar, nos ayudará a asomarnos a las sutiles maniobras del ayuntamiento de la antigua Xàtiva conducentes a imponer su autoridad sobre la población en la que ejercía el señorío y, por ende, del aviso que con ello se quería enviar a otros municipios que quisieran emular la iniciativa de Canals.
Respecto del primer punto, y a diferencia de las poblaciones capital de corregimiento, una real resolución de 1723 responsabilizó a los dueños de señoríos del nombramiento de oficiales, que gestionaran la administración de los mismos.[67] Mientras tanto, y suprimido el sistema insaculatorio por los Decretos de Nueva Planta, hasta que se regularizó la situación legislativa con la norma citada de 1723, el Ayuntamiento de San Felipe siguió nombrando los oficiales de Canals –con la autorización de Melchor de Macanaz, por supuesto–, ya que en la sesión del 22 de abril de 1709, seis meses antes de tomar posesión de sus cargos, los regidores de San Felipe nombraron a Jaime Reixach como alcalde ordinario de Canals.[68] La fórmula que sustituyó a la insaculación fue el sistema de«ternas», que presentaba el Ayuntamiento de Canals al de San Felipe, al final del año natural, normalmente en el mes de octubre, designándose a los individuos que debían ejercer los cargos el año siguiente. La propuesta para el año posterior la realizaba el alcalde saliente, de manera que a través de la cooptación proponía el candidato que consideraba más idóneo para sustituirlo. En Canals, los oficios de gobierno se estructuraban de la siguiente suerte:
– 1 alcalde ordinario.
– 2 regidores: un regidor primero o decano y un regidor segundo.
– 1 síndico procurador general.
– 1 alcalde de la Hermandad.
– Años más tarde se ampliarán con un síndico personero.
Como se ha dicho, la duración del cargo era anual, y la lista se remitía al secretario del Ayuntamiento de San Felipe, quién a su vez lo pasaba al regidor comisario de mes, o comisario barón. Éste hacía las averiguaciones oportunas para posteriormente elevar un informe al ayuntamiento sobre la idoneidad o no de los propuestos, su compatibilidad o incompatibilidad y las posibles preferencias del Ayuntamiento de San Felipe, puesto que este es quien tenía la última palabra respecto del definitivo nombramiento, excepción hecha de que el procedimiento, por los desacuerdos que pudiera haber, acabara en la Real Audiencia, como así sucedió en más de una ocasión. El procedimiento era el mismo que se daba en la ciudad de Valencia, que tenía jurisdicción sobre un conjunto de localidades en las que nombraba, al igual que lo hacía San Felipe, a los oficiales municipales.[69] Aunque hay constancia de múltiples pleitos por incompatibilidades anteriores al período que deseamos analizar aquí, como en las décadas de los cincuenta y sesenta del siglo XVIII, nos centraremos en los años 1782 a 1799, puesto que un voluminoso expediente en los fondos del Archivo Municipal de Xàtiva, nos revela una sugestiva muestra de la pugna mantenida entre ambos municipios.[70]
En el citado documento aparecen relacionados los componentes de los ayuntamientos comprendidos en la fechas citada (1782 a 1799):

Fuente: Archivo Municipal de Xàtiva, LG-409. Elaboración propia.
Al igual que en el caso de Castelló de la Ribera, este cuadro es revelador de los apellidos que monopolizaron el ejercicio de los empleos públicos en la baronía de Canals. Como en el caso anterior, se incumplió el Auto Acordado de 1748, que regulaba las incompatibilidades para ejercer cargos públicos, tal como el parentesco, o ser arrendatario de algún servicio municipal.
Es sabido que el cargo municipal era de obligada aceptación y no había cabida para excusas. Pocas veces se aceptaban renuncias.[71] Encarnación García Monerris ha estudiado algunos de estos conflictos en lo tocante al corregimiento de Valencia,[72] en donde pone de manifiesto las miserias a las que se podía llegar en la pugna por mantener o «controlar mejor los resortes de su magro poder». En nuestro caso la contienda se abre a raíz del enfrentamiento entre el antiguo alcalde pedáneo de Canals y el regidor primero por colocar a alguno de sus sobrinos. Así, en la documentación consultada, no hay aparentemente ningún caso de renuncia al oficio por alguna causa ajena a índoles físicas. Antes bien, las instancias de poder que resolvían quienes eran propuestos para dichos cargos, hacían uso de la lucha política con el fin de conseguir sus propósitos, su cuota de poder en el ayuntamiento y mejorar sus posiciones políticas y económicas. Los lazos de parentesco entre las distintas personas que ocupaban oficios públicos o componía las ternas de propuestos para los mismos quedan de manifiesto por su constante frecuencia para el período estudiado. Estos nombres representaban el sector privilegiado del municipio de Canals. Normalmente eran «labradores», que basaban su estado acomodado en la propiedad de la tierra y de las áreas claves de la vida económica de la población. Puede observarse que el patrón no difiere en demasía para el sector estudiado anteriormente en el municipio de Castelló de la Ribera. Esta característica se convierte en columna vertebral del sistema de dominio del ejercicio de la política en el Antiguo Régimen, al tiempo que veremos cómo los conflictos nunca suponía cuestionar la legalidad del orden absoluto.
Sin embargo, el caso de Canals se muestra interesante por cuanto, a diferencia de otros casos de poblaciones en continuo enfrentamiento con San Felipe, en esta se dará un doble conflicto: entre dos grupos dentro del sector acomodado de la población, y el de uno de ellos con la ciudad de San Felipe. En primer lugar, veamos quienes eran los integrantes de estos grupos.[73] Uno de estos notorios e insistentes apellidos era Juan Bautista Gil, que controlaba el peso de las carnes, por lo que es excluido de la terna para alcalde ordinario para el ejercicio de 1783. Las incompatibilidades eran motivo de graves disputas entre aspirantes a los cargos. Juan Bautista Climent, que optaba a alcalde ordinario también en 1783 y que finalmente no fue elegido, se quejó de que José Alventosa, que figuraba en primer lugar de la terna para el puesto de Regidor primero, –y que tampoco resultó elegido– ya fue alcalde en 1780, por lo que no podía aspirar a esa plaza.
En 1784 el Ayuntamiento de San Felipe desestimó la opción de Antonio Sancho, mayor, por incompatibilidad también, al ser quien controlaba el Peso de las carnes. Tampoco resultó elegido José Saurina de Luis, quien optaba en primer lugar para el puesto de regidor segundo, por ser pariente de Miguel Saurina Fernando. Ambos se quejaron del regidor segundo elegido, Esteban Martínez, porque era cuñado del síndico procurador general, Pascual Martínez. En 1785, Fernando Martínez de Manuel, que optaba al puesto de regidor primero era la persona que controlaba el pósito de la harina. En 1789 hubo queja contra Ramón Martínez, puesto que este, finalmente elegido, era el administrador de los naipes de Canals.
No obstante la reiteración de idénticos apellidos y linajes hay que matizar la posible idea de la existencia de un férreo y absoluto control de la cosa pública por parte de este sector. En bastantes ocasiones cumplir la legislación vigente, en nuestro caso el Auto Acordado de 1748, era bastante difícil, por distintas circunstancias: por las pugnas entre las distintas facciones; porque tampoco había tantos candidatos donde poder elegir; o por la intervención de las instancias corregimentales (el corregimiento de San Felipe), quien en muchas ocasiones desestimaba algún candidato o el conjunto de la terna. Para el período elegido, no obstante lo dicho, es fácil comprobar quien dominaba la vida pública de la baronía dependiente de San Felipe:


Fuente: Archivo Municipal de Xàtiva. Elaboración propia.
Aunque no definitiva, la intervención del ayuntamiento de San Felipe para aprobar los nombramientos de los cargos del municipio de Canals resultaba determinante. Los regidores de San Felipe eran muy celosos de su autoridad sobre la baronía de Canals, tanto por razones políticas y económicas, como de prestigio. Este control llegaba incluso en cuestiones aparentemente menores como eran las normas de protocolo. En 1665 y 1669, la antigua ciudad de Xàtiva mantuvo pleitos con Canals, en los que los jurados de la primera alegaron en un proceso que las autoridades de Canals, que ellos nombraban, no podían tomar asiento en los bancos donde lo hacían los jurados, incluso en su ausencia.[74]
Cuando los oficiales de Canals elaboraban la terna, esta venía previamente mediatizada por el alcalde ordinario saliente, que colocaba en primer lugar a sus candidatos. La terna en cuestión se remitía al secretario del Ayuntamiento de San Felipe, quien lo trasladaba al regidor comisario barón del mes, quien a su vez debía informar de lo que creyera conveniente. En el año 1783 el regidor comisario, o barón, del ayuntamiento de San Felipe era D. Raimundo Ferrer, quien se procuró sus propios informes para atender las impugnaciones de otros candidatos.
En 1784, el regidor D. Tomás Jacinto Aliaga y Blesa, informaba que, en el caso del candidato a alcalde ordinario, Felipe Climent ya había sido regidor y, además, era cuñado de Juan Bautista Climent, poseedor de un horno de pan, y que, en opinión del citado regidor, perjudicaba la economía de la población al repercutir en la merma de ingresos en los propios del ayuntamiento. En 1785, el regidor lo fue D. Vicente Pelegero, que trabajó con dos listas, no constando que hubiese mayores incidencias o problemas relevantes. En 1786, sería el regidor D. José Sanchis quien, siguiendo el procedimiento habitual, elabora sus informes. El citado regidor tuvo bastantes dificultades en su cometido, puesto que ese año fue particularmente conflictivo. Los candidatos para alcalde ordinario eran Juan Bautista Climent en primer lugar, y Juan Bautista Gil, en segundo. Los oficiales regidores del año anterior Vicente Cuenca y José Saurina remitieron un escrito al regidor comisario, Sanchis, en el que explicaban que aún siendo personas dignas debía tener en cuenta las incompatibilidades que ellos le notificaban: Climent era hermano de Fr. D. Manuel Climent, que tenía instada causa judicial contra el común y propios de Canals, y que Gil estaba casado con una sobrina de José del Olmo, que ejercía el cargo de diputado personero, y aun cuando los otros oficiales consideraron que no existía grave impedimento, Sanchis desestimó a ambos candidatos, e incluso al tercero, nombrando a un cuarto, Carlos García, que a su vez fue recusado por tener familia con causas judiciales pendientes.
En 1787, D. Cristóbal de Chaves era el regidor comisario para Canals, y también tuvo que hacer sus pesquisas al respecto. Parece que los informes del regidor primero saliente de 1786, Ramón Martínez, surtieron efecto para no elegir a los candidatos situados en segundo y tercer puesto, Juan Bautista Gil –otra vez– y Antonio Sancho, puesto que Chaves informó favorablemente sobre los situados en el primer lugar, excepto en el caso del cargo de síndico procurador general. Es en este año cuando se llega a un grave enfrentamiento entre la ciudad de San Felipe y Canals, al suscitarse un pleito que llegó incluso ante la Audiencia.
Antes de analizar el conflicto en sí, es necesario hacer una valoración del papel de los regidores de San Felipe a la hora de elaborar su informes a favor o en contra de determinados candidatos. Los años citados creemos que marcan una buena pauta sobre lo que podía acontecer antes y después de la época que trabajamos, siendo la mayoría de las quejas motivadas por incompatibilidad. Hay que considerar igualmente otras particularidades, como eran las serias dificultades que en ocasiones tenía el regidor comisionado a la hora de ponderar quienes debían ser los candidatos más idóneos. A ello debía considerar factores como la enemistad manifiesta o el rencor o resentimiento entre personas que vivían en núcleo de población reducido, y donde no dudaban incluso en recurrir a las descalificaciones y ofensas en sus denuncias. Tampoco era exclusivo este comportamiento entre candidatos. Los propios regidores comisionados de San Felipe ponían de manifiesto su opinión, expresando claramente su animosidad u hostilidad hacia alguno de los candidatos, tal como se expresa D. Gaspar Pelegero, regidor comisionado en 1794:[75]
[...] que el referido Micó tiene el gravísimo reparo para no elegirse por tal alcalde el ser tío carnal del interino escrivano de los juzgados y ayuntamiento de dicha varonía, Francisco Joseph Micó, mayormente en un pueblo que la mayor parte de vezes no saven ni aún escribir los governantes, y el escrivano les rige y govierna como a legos [...]. [la cursiva es nuestra].
He aquí otro factor a tener en cuenta: el poder de personajes que, como los escribanos, podían llegar a influir en el gobierno y aprovecharse de su situación ventajosa, sobre personas que, aunque en situación económica acomodada, no disponían del suficiente bagaje político y cultural como para llevar las responsabilidad de gobierno. No obstante, otras personas sí disponían de ese bagaje, y las manifestaciones hostiles de los distintos bandos, y el claro alineamiento del Ayuntamiento de San Felipe hacia el bando que mejor defendía sus intereses en la citada baronía de Canals, como veremos enseguida, produjo colisión entre partes que, como dijimos, acabaron en la Audiencia. Estas colisiones nos llevan a hacernos algunas preguntas: ¿qué había detrás de tantas protestas entre candidatos y regidores comisarios? ¿cuáles eran las pretensiones de unos y otros? ¿eran solo las incompatibilidades las que enfrentaban entre sí a lo candidatos y a algunos de estos con la ciudad de San Felipe?
El análisis de la intervención de las ternas y la supeditación al Ayuntamiento de San Felipe nos ayudará a entender las complejas relaciones entre quien detentaba el señorío –San Felipe– y quien le debía sometimiento –la baronía de Canals–. Ya se ha dicho que se llegaba a la causa judicial por cuestiones como la interpretación de las normas de protocolo. La documentación nos aporta información de muchos más tipos de disputas de mayor calado, detrás de las cuales estaban los decididos partidarios que querían conducir a la desvinculación de la Xàtiva foral, antes, y de la San Felipe borbónica, después. Así, en 1675 se pleiteó sobre la pretensión de los oficiales de Canals de ejercer la jurisdicción criminal, mero y mixto imperio, cuestión privativa de Xàtiva[76] En 1679 se sustanció un pleito sobre el derecho de Xàtiva para fiscalizar las rentas y las actuaciones de los oficiales de Canals, a lo que estos ponían bastantes trabas.[77] También a finales del siglo XVII, la ciudad de Xàtiva tuvo que pleitear con Canals para oponerse a la pretensión de aquélla población de disponer de derechos de salvaguarda real; de celebrar Consejo sin la asistencia de los oficiales de Xàtiva y tomar cantidades dinerarias a censo para poder continuar pleiteando para que la población revertiera a la Corona[78].
Los ejemplos de continuos conflictos son innumerables y está claro, por tanto, que el ámbito de gobierno era el caballo de batalla de los enfrentamientos anteriores, y así continuó durante el siglo XVIII. El voluminoso expediente que recoge el pleito sobre nombramiento de oficiales para Canals, así lo demuestra. El detonante del conflicto estuvo en la terna presentada para el año 1787, en la que estaban incluidos Juan Bautista Gil y Antonio Sancho, situados en segundo y tercer lugar, respectivamente, para el cargo de alcalde ordinario, detrás de Vicente Guzmán, primer propuesto. Aquéllos son acusados por Ramón Martínez de ser poco idóneos: Gil por haber sido testigo en el pleito presentado por Juan Bautista Climent (que tenía el horno de pan que hacía la competencia al oficial) contra los propios de Canals; y Sancho por ser primo hermano del Alcalde saliente.
Estas aparentes quejas que pudieran incluirse dentro de la normalidad de protestas anuales, acabarían en causa judicial ante el Real Acuerdo de la Audiencia de Valencia poco después. El mismo Martínez denuncia en otro memorial[79]: «las parcialidades, cohechos y concordias formadas en dicha población contra todo derecho y disposiciones superiores [...]». Ante esas quejas, el Ayuntamiento de San Felipe se limitó a solicitar de su alcalde mayor un informe y tomar testimonio al citado Martínez. Como arriba se ha adelantado, el Ayuntamiento de San Felipe era conocedor de las facciones existentes en su baronía de Canals, cuyos integrantes se incluían en las ternas de oficiales de justicia y de ayuntamiento para desplegar su parcela de poder, dominar la economía de la población y cuestionar la autoridad señorial de San Felipe sobre Canals, al menos en el caso de una de ellas. Sin embargo, el consistorio de San Felipe no sólo era conocedor de estas facciones, sino que, a pesar de encubrirlo y de negarlo oficialmente, animaba y sostenía una de ellas, con el obvio y claro fin de disponer de personas de su confianza, fieles y de garantía para mantener su dominio en la baronía, procurando que estos ocuparan los cargos de gobierno para frenar la facción partidaria de la segregación. Así se desprende de la decisión del Ayuntamiento de San Felipe cuando desestimó en bloque los tres nombres que se le presentaron para el año 1788. Juan Bautista Gil, Antonio Sancho y Vicente Pajarón eran los tres nombres presentados para Alcalde de Canals. Cambiada la terna, la nueva lista la componían: Vicente Pajarón, José Juan Martínez y Francisco Llopis, y se nombró al segundo de ellos, José Juan Martínez –candidato que arropaba el ayuntamiento de San Felipe–, aunque finalmente fuera elegido Vicente Pajarón.
¿Por qué el Ayuntamiento de San Felipe intervino de manera determinante en esta ocasión, evitando pactos y alianzas de anteriores ocasiones? Porque era sabedor de que la totalidad de los integrantes de la terna pertenecían al grupo conocido como «la parcialidad de Climent», una de las facciones que presionaba para controlar el poder y que mantenía la llama de la animosidad contra la ciudad de San Felipe y su secular dominio de Canals. Consciente del peligro que suponía un ayuntamiento dominado por un grupo hostil a sus intereses, la ciudad quería dejar bien sentado de quien emanaba la autoridad y quien tomaba las decisiones, expresando claramente que el ejercicio jurisdiccional y político pertenecía a los regidores de San Felipe:[80]
que los propuestos para alcalde, son de la parcialidad llamada de Climent, y que no deven perpetualisarse los empleos en unos mismo. Deviendo dicha Ylustre Ciudad por todos términos evitar tales partidos con el fin de procurar quietud, desterrar estos, que solo se aviste uniformidad, que haga felices a estos vecinos, se les distribuia la justicia sin pación, y les liberte de los perjuicios que aquéllos causan [...].
El nudo del problema se suscitó cuando el Ayuntamiento de San Felipe obligó a Canals a elaborar ipso facto una lista alternativa, o mejora de terna, incluso en ausencia del alcalde saliente, Vicente Guzmán, quien era, siguiendo las normas aceptadas al uso, el que proponía a su sucesor. En esa tesitura quien tuvo que elaborar la nueva terna fue el regidor decano, José Alventosa, que alegó que no tenía la autoridad para hacer tal cosa. Incluso adujo, con bastante razón, su extrañeza ante tanta urgencia, cuando en anteriores ocasiones el propio ayuntamiento de la ciudad era quien se demoraba en ratificar o desestimar a los candidatos de las ternas, y tardaba semanas en resolver. Al argumento de Alventosa respondió el Ayuntamiento de San Felipe alegando que la jurisdicción nunca estaba vacante, y que ésta, en ausencia del alcalde ordinario, la ejercía el regidor decano. Sin embargo, y para sorpresa del ayuntamiento, la reacción de Guzmán fue enérgica y desafiante. Y aunque tenía pocas posibilidades de prosperar, comunicó a la ciudad que había presentado un recurso ante la Audiencia en contra de lo actuado por el Ayuntamiento de San Felipe.
¿Quiénes eran los integrantes de esta facción, que se atrevían a plantar cara a un ayuntamiento como el de San Felipe, además capital del corregimiento? ¿difería de las otras facciones? Creemos que este tipo de lucha política, así como el discurso político de estas «pequeñas oligarquías locales», en definición de Encarnación García Monerris,[81] son manifestaciones claras del deseo de controlar la propia cuota de poder, y el decantarse por el enfrentamiento con la ciudad de San Felipe o alinearse con ella, sólo es la expresión de los medios que creían más adecuados para conseguir su objetivo. Y desde luego, el Ayuntamiento de San Felipe siempre se aprovechó de esta división. Igualmente, estas situaciones deben relacionarse con el fenómeno del clientelismo. Es decir, el Ayuntamiento de San Felipe ejerció el patronazgo con el apoyo de una facción en la localidad de Canals, de cuya relación ambas partes conseguían beneficios. Desarrollaremos con mayor profundidad el fenómeno del clientelismo más adelante.










